La semana pasada entró en vigor un nuevo paquete de medidas aprobado por el Consejo de Ministros con el objetivo de aliviar los efectos de la inflación, y de la actual situación internacional, entre otros motivos, debido a la guerra de Ucrania.

Estas medidas se concretan en el Real Decreto-ley 20/2022, que entre otras cosas, prevé la prórroga de los contratos de arrendamiento de vivienda por seis meses si el plazo de finalización de dichos contratos se produce antes del 30 de junio de 2023.

No obstante, la pregunta es..

¿Son aplicables estas medidas en un escenario diferente al de la pandemia?

El contexto actual es mucho más favorable, por lo que la aplicación de herramientas pensadas para situaciones de emergencia debe hacerse con mucha precisión para evitar una relajación en el mercado.

El RD-L 20/2022 también amplía el periodo para la presentación de la solicitud para el derecho de compensación a arrendadores y propietarios afectados por la suspensión de desahucios y lanzamientos para hogares vulnerables.

Además, establece el tope del 2% al incremento en la actualización de la renta para arrendamientos de vivienda durante todo el año 2023, una medida que se aplica tanto a grandes tenedores como a arrendadores de menor tamaño. Aunque es cierto que la inflación está afectando a todos los sectores de la economía, la limitación del incremento en la renta arrendaticia para algunos arrendatarios no es una solución definitiva ni demasiado eficaz. Por ello, es necesario plantear medidas a largo plazo y no sólo limitarse a prorrogar los mismos mecanismos que existían desde el inicio de la pandemia.